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ECONOMIA

La deuda pública

 

Por Sergio Arelovich (*)

Si hubo y hay un factor DETERMINANTE QUE CONDICIONÓ Y sigue CONDICIONANDO la autonomía en la acción de los gobiernos desde el retiro de la dictadura hasta hoy, ese factor es la deuda.

Como paso preliminar hay que precisar de qué deuda estamos hablando. Para definirlo con precisión, hablamos de la  DEUDA DE CARÁCTER FINANCIERO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO NACIONAL

Esta larga descripción nos hace saber:
  1. que hay deuda NO financiera del estado nacional, la llamada flotante, que se compone de deudas comerciales con proveedores, deudas salariales y contribuciones patronales, deudas con beneficiarios de jubilaciones y pensiones, deuda CON provincias y municipios.
  2. que hay deuda DE los estados sub nacionales, sea financiera o flotante
  3. que hay deuda PRIVADA sea de empresas como de hogares
  4. que hay deuda estatal no registrada, como la emergente del fallo de la justicia federal en relación al financiamiento universitario
La deuda sobre la cual hablo tiene a su vez un conjunto heterogéneo de condimentos, tales como:
  1. MONEDA de emisión y de pago: pesos, pesos ajustables, dólares, euros, yens, yuanes, derechos especiales de giro que es la moneda de cuenta del FMI
  2. JURISDICCIÓN para resolver los conflictos entre las partes: nacional, New York, Londres, Tokio, etc
  3. TIPO DE ACREEDORES: INTRAESTATAL con otras agencias del estado nacional, eventuales con provincias y municipios corporizada en avales por los contratos en moneda extranjera; con ORGANISMOS bi o multilaterales de crédito tales como el FMI, la CAF, el BID, el BIRF; TENEDORES PARTICULARES de letras y bonos, TENEDORES CORPORATIVOS de letras y bonos como Black Rock, Vanguard u otros buitres.
  4. Lugar de RESIDENCIA DE LOS ACREEDORES: en el país o en el extranjero. Esto define si es deuda interna o externa, no la moneda ni los tribunales intervinientes sino el domicilio del acreedor.
  5. Tipos de INTERÉS: fijo, variable, cero, capital ajustable, capitalizable.
  6. GARANTÍAS o cláusulas de aseguramiento públicas u ocultas
  7. GRADOS DE EXPOSICIÓN a comportamientos parasitarios corporativos.

La incidencia que ha tenido y sigue teniendo la deuda financiera de la administración central del estado nacional y de los sub nacionales en la construcción de los procesos de ejecución presupuestaria, precisan:

  1. un menú de abordaje teniendo en cuenta la MULTIMENSIONALIDAD que mencioné.
  2. revisar y ponderar los ANTECEDENTES propios e internacionales de salvataje, quita y esperas en materia de deuda estatal.
  3. asumir que será necesario operar en DOS PLANOS: a) un conjunto de propuestas para abordar la situación actual orientada a DESAGIAR el stock de deuda, REESCALONAR vencimientos a cargo del estado nacional y b) un nuevo tipo de ASEGURAMIENTO SOBERANO para operar hacia el futuro en materia de deuda. A esto puede agregarse la posibilidad de resarcimiento a partir de la definición de responsabilidades.
  4. aceptar que todo proceso de investigación y/o de cuestionamiento de los procesos de endeudamiento abrirá una VENTANA DE INEVITABLES CONFLICTOS frente a lo cual la suma de voluntades y la calidad de su articulación será clave.

En los foros que participo ligados al problema de la deuda, he propuesto la necesidad de crear y dar sanción legislativa a la puesta en marcha de un código de fondo, así como existe el civil-comercial, el penal, el aduanero, el minero, el aeronáutico, el alimentario. Un CÓDIGO DE DEUDA que tenga aplicación tanto al sector estatal como al privado.

No me voy a referir al alcance, contenido y características de ese CÓDIGO porque excede la temática de esta mesa. Es claro que sería utilizable para lo que ocurra de ahora hacia adelante.

Entonces … ¿QUÉ HACER CON EL STOCK DE DEUDA?

  1. Definir una política de transformación de la deuda intraestatal en otro tipo de concepto. Por ejemplo: la deuda con el fondo de garantía de sustentabilidad (FGS) es hija del proceso de privatización de la administración de los aportes de trabajadores y trabajadoras desde julio de 1994, al crearse las AFJPs. Al privatizar la administración de los aportes de los trabajadores, ANSES entró en un cono de déficit que obligó al estado nacional a buscar financiamiento. La fuente principal fueron los fondos que acumuló el entonces llamado fondo de jubilaciones y pensiones administrados por la AFJPs. Desde ese momento el tesoro nacional PAGÓ INTERESES POR FONDOS QUE LE FUERON SUSTRAÍDOS fruto de la privatización. A fines de marzo de 2026 el FGS tenía un conjunto de activos financieros valuados en 112 billones de pesos, equivalentes a unos 76 mil millones de dólares. Entre tales activos financieros había títulos públicos en manos del FGS que sumaban -a esa fecha- 87 billones de pesos, esto es el 67% de todos los activos del FGS. Esto forma parte de la deuda financiera. Ratifico que esto es una deuda ficticia porque se originó en el desfinanciamiento de ANSES fruto de la creación de las AFJPs. Tal deuda debe ser anulada y reelaborada como compromiso de asistencia del tesoro a ANSES para el pago de beneficios previsionales. La arquitectura jurídica para desarmar esto no es sencilla ni inmediata pero tampoco imposible.
  2. Suspender todos los compromisos de pago con el sector privado, con bi y multilaterales de crédito, con otros actores no intraestatales. En forma concomitante iniciar un programa de investigación de TODOS los contratos de deuda con tales acreedores.
  3. La investigación debería tener diversas instancias, por ejemplo: una en el plano administrativo de la administración nacional, otra en el Banco Central, otra en la Comisión Nacional de Valores, otra a cargo de la justicia, finalmente otra en organizaciones de la sociedad civil. En relación de la deuda externa privada contraída con empresas vinculadas, deuda intrafirma, debe concentrarse la revisión en dos cuestiones centrales: la tasa de interés en comparación con alguna tasa internacional de referencia y la verificación que la deuda cancelada alguna vez ingresó al país.
  4. De resultas de la investigación surgirán contratos que merecerán ser aceptados o rechazados. En el caso de los aceptados no significa que deban serlo en su totalidad. La revisión debería alcanzar la evaluación de las tasas de interés aplicadas, los cargos, comisiones y otro tipo de costo no financiero. Ni la aceptación ni el rechazo deben inhibir la posibilidad de iniciar acciones de repetición.
  5. Finalizado el programa de revisión se estará en condiciones de elaborar un esquema de quitas, esperas, refinanciaciones y resarcimientos.
  6. Diseñar una estrategia de defensa soberana de nuestra reserva internacional, comenzando por la repatriación del oro, diversificando activos, disminuyendo la participación de activos en dólares, sustituyéndolos por otras monedas y definiendo criterios soberanos de localización de tales reservas.
  7. Construir un procedimiento para inhibir o dificultar la cesión de títulos públicos por un plazo determinado. Esto es para construir un pasivo con nombre y apellido inamovibles.

¿Qué hacer hacia adelante en materia de deuda?

Mucho para revisar, en principio construir una política eficiente de control cambiario, un programa de exteriorización de tenencias existentes fuera del sistema financiero. No hablo de blanqueo sino un conjunto de medidas de desestímulo a la tenencia fuera del sistema. Medidas comerciales, fiscales, penales. Esto asociado a un programa de defensa de la moneda nacional que entre sus capítulos tendrá uno vinculado con regulaciones en precios y en costos, otro sobre el régimen aduanero. En la transición hacia un nuevo régimen, debe existir regulación en torno de la residencia del acreedor, moneda de emisión, jurisdicción ante litigios.

Para terminar …. algo de información

Cuando se publican los informes de deuda se lo hace exhibiendo los saldos adeudados en concepto de capital y en el caso de operaciones ya vencidas se agregan los intereses por la mora. No se registra como deuda el conjunto de servicios de intereses por las operaciones en situación de pago normal, esto es a vencer. Esto es importante porque las obligaciones los incluyen. Por tanto, el peso de la deuda incluye tanto capital como intereses no vencidos a cancelar.

Al mirar la DEUDA DE CARÁCTER FINANCIERO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO NACIONAL uno encuentra un poliedro que ofrece todas sus caras, su multidimensión. La tarea inicial es:

  1. Determinar cuánto tiene como acreedora a otras agencias del estado nacional, es decir cuánto pesa la intraestatal.
  2. Descomponer las obligaciones en pesos de las que utilizan otros signos monetarios.
  3. Ver la residencia de los acreedores.
  4. Analizar qué tribunales intervendrían frente a litigios entre las partes.
  5. Evaluar la sostenibilidad de la estructura de vencimientos por capital e intereses.
  6. Analizar los grados de exposición en materia cambiaria fruto de las crecientes tenencias de títulos en pesos, en parte en manos de residentes y en parte en manos de extranjeros. Ante alarmas devaluatorias, las corridas serían inevitables y por su magnitud, imposibles de ser atendidas.

Con esta primera disección podemos empezar a imaginar estrategias para cada tipo de caso. La última información disponible es al 31 de mayo de 2026. Lo que dice esa data es –por ejemplo- lo siguiente:

  • Deuda intraestatal: 44% aproximadamente
  • Deuda en moneda local: 336,6 billones de pesos. Al 30/11/2023 era de 57,2 billones de pesos. El crecimiento lo fue muy por encima de la inflación. Una parte está en manos de no residentes en el país. Esta parte de la deuda exhibe con impudicia el efecto inicial del carry trade.
  • Deuda en moneda extranjera expresada en dólares: 240 mil millones de dólares mientras que al 30/11/2023 era de 264 mil millones de dólares. La baja está explicada centralmente por la cancelación de deuda el pasado 27 de mayo de 2026 que el tesoro nacional tenía con el Banco Central, utilizando los dividendos que este giró al tesoro. Si dentro de este segmento de deuda en moneda extranjera vemos la contraída con el FMI, la deuda saltó de 41 a 58 mil millones de dólares, habiendo pagado sumas extraordinarias en concepto de intereses.
  • Residencia: 33% aproximadamente está en manos argentinas.
  • Legislación aplicable: el 64% de la deuda, ante reclamos entre partes, se dirimirá en tribunales argentinos.

(*) Economista

El presente texto fue presentado en el marco del “IV Encuentro Federal por la Soberanía”

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