Por Feliciano Ramos (*)
De acuerdo con la Constitución Nacional Argentina, el uso y la enajenación de las tierras de propiedad nacional están regulados en el artículo 75, inciso 5. Para ello, se requiere la autorización del Congreso Nacional.
En cuanto a los bienes del Estado, el patrimonio del Estado es el conjunto de bienes y derechos que pertenecen a la Administración General del Estado o a sus organismos públicos.
Los bienes del dominio público son aquellos que se destinan al uso de todos los habitantes o a un fin de utilidad común. Son inajenables, inembargables e imprescriptibles.
El Código Civil y Comercial de la Nación regula los bienes de dominio público en su artículo 235, y los de dominio privado en el artículo 236.
Pero tanto bienes de dominio público como bienes del Estado que no son de dominio público son bienes de propiedad de cada uno de los argentinos que el Estado debe salvaguardar.
Porque si son del Estado, son de cada uno de los argentinos. Porque los bienes del Estado pertenecen en forma mancomunada a cada uno de los argentinos. Y el presidente es quien debe administrarlos, no venderlos, no enajenarlos. Esto es como los lugares comunes en un edificio, pertenecen a cada propietario y el administrador del consorcio debe “administrarlos”, no venderlos. ¿Te imaginás que te vendieran un ascensor? ¿O vendieran el hall de entrada al edificio? Bueno, es lo mismo.
Hay una función social en los bienes del Estado, sean de dominio público o no.
Es más fácil entender la función social en un bien de dominio público como un parque, una vereda, una calle, una plaza, etc., pero en definitiva los bienes del Estado que no son de dominio público, como el predio de un batallón, de una base naval, los puertos, etc., cumplen una función social porque están al servicio de un país, y a este lo forman el territorio y sus habitantes además de su bandera, su constitución y tradición.
El gran Pino Solanas lo decía claramente. Cada bien, cada empresa del Estado, cada repartición estatal, es propiedad de cada uno de los argentinos.
Y cuanto más son las riquezas naturales que tienen los argentinos pésimamente administradas por el Estado o mejor dicho entregados a los depredadores extranjeros que la saquean las 24 horas del día.
Ningún presidente tiene derecho de venderlos o entregarlos para el robo extranjero, porque ningún presidente tiene el título de propiedad de esos bienes. Y ya vemos que sin título de propiedad se creen con derecho a disponer y mal vender lo que es de todos los argentinos. Con sus propios bienes ningún presidente hace lo mismo, sino que los protege y bien que los cuidan.
Los argentinos debemos darnos cuenta qué poseemos y defender nuestros bienes, predios, empresas, riquezas naturales, buques, puertos y toda clase de propiedad del Estado porque sino un día nos quedaremos sin nada. Incluso sin país, sin patria. Es responsabilidad de los presidentes y el congreso defenderlos pero también nuestra.
La Patria NO SE VENDE!!!
(*) Capitán Fluvial – Foro por la recuperación de río Paraná