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BANDERA RÍO PARANÁ SOBERANÍA

Defender el río alzando la bandera Argentina

Compartimos gacetilla de prensa emitida por el Foro por la Recuperación del Paraná / Remar Contracorriente:

En el marco de los actos por el Día de la Bandera, organizaciones sociales, ambientales, sindicales y de pescadores realizaron este lunes a las 19 una reunión organizativa en el Centro Cultural La Toma, con el objetivo de coordinar las actividades previstas para el próximo 27 de febrero en el Parque Nacional a la Bandera.

La convocatoria plantea rendir homenaje a Manuel Belgrano, en el monumento que se sitúa en el Parque Nacional a la Bandera y renovar el tradicional juramento a la enseña patria, en coincidencia con el aniversario de su creación. A las 11 hs está previsto el inicio de la actividad.

Según se informó durante el encuentro, el acto del viernes se estructurará en torno a tres ejes centrales. El primero será la denuncia de lo que los convocantes definen como un proceso de “extranjerización y entrega” del río Paraná, en referencia a la licitación de la vía navegable. El segundo consistirá en la renovación del juramento a la bandera nacional junto a ex combatientes de Malvinas, en un gesto que busca vincular la fecha patria con la reivindicación de la soberanía. El tercero será el lanzamiento oficial de la travesía fluvial “Salvemos el Paraná y sus humedales”, acompañado por una conferencia de prensa.

La travesía prevé recorrer más de ochocientos kilómetros por el río, desde Puerto Las Palmas a la vera del río Paraguay, en la provincia del Chaco, hasta Rosario. La salida está programada para el 7 de marzo y la llegada para el 21, en la víspera del Día Mundial del Agua.

Los impulsores de la iniciativa señalaron que el mismo 27 de febrero está prevista la apertura de sobres de la licitación vinculada a la administración del Paraná, hecho que —según sostienen— refuerza el carácter político de la convocatoria en la ciudad.

La actividad se inscribe en un contexto de debate nacional sobre la gestión del río Paraná y el rol del Estado en la administración de recursos estratégicos, un tema que vuelve a situar al Paraná —y a Rosario— en el centro de la discusión pública.

Contacto de prensa:
Luciano Orellano 3415 02-9151
(Foro por la Recuperación del Paraná)

Video de difusión:

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DERECHOS MARINA MERCANTE

Embarcados, los excluidos de una ley laboral que quita derechos adquiridos

Por Feliciano Ramos (*)

¿Desconocimiento, Improvisación O Totalitarismo Fascista?

Cuando se desconoce en una ley como la de “modernización laboral”, y hasta la misma Constitución Nacional y los tratados internacionales como OIT o MERCOSUR, etc., es preocupante. Y aún más preocupante es la media sanción de los senadores que al parecer ignoraban el contenido de la ley, que contradice la Constitución y tratados internacionales. El texto de una ley que se va repartiendo en el mismo momento de iniciar la sesión, senadores que votan desconociendo por consiguiente el contenido.

Todo un bloque radical que vota una ley que criticó, que viola las jornadas de 8 horas Ley 11.544, sancionada por el mismo Hipólito Irigoyen, además del artículo 14 bis de la Constitución cuyo autor es Cristólogo Larralde, ambos prominentes radicales. O sea, el bloque radical entero votó una ley que rompe, se contrapone, con la matriz del radicalismo.

Esta ley perversa que nos remite a principios del siglo pasado, ley de servidumbre cuasi esclava; por lo menos al esclavo se le aseguraba lugar donde vivir y comida, hoy a muchos trabajadores se nos complica llegar a fin de mes y poder comprar comida para alimentarnos básicamente y alimentar a nuestras familias.

Si bien todos los trabajadores son los verdaderos excluidos con esta ley siniestra, hay un grupo que desde hace años viene muy castigado, con falta de embarco y convenios a la baja, somos los trabajadores embarcados de la Marina Mercante Argentina. La ley infausta laboral, ni nos tiene en cuenta.

Si no están ni mencionados los trabajadores embarcados ¿será por ninguneo o, lo que es más preocupante y probable, por un desconocimiento e improvisación atroz? ¿O no será este el resultado de un maligno plan para destruir los derechos del trabajador embarcado?

Los trabajadores embarcados son, desde el marinero al capitán, profesionales de la Marina Mercante Argentina, nadie sube a trabajar a un barco sin cursos y conocimientos previos, controlados y examinados por Prefectura Naval Argentina y la Armada Argentina. Para ser marinero debe cursar y aprobar un curso, además de este curso que da el conocimiento deben realizar obligatoriamente cursos de formación básica en seguridad marítima bajo el convenio internacional STCW/95 para trabajar a bordo. Estos incluyen: Cursos de Técnicas de Supervivencia en el Mar, Primeros Auxilios, Lucha Contra Incendios, Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales, fundamentales para la seguridad de la vida en el mar. En el caso de los Oficiales, además de más y más materias cursadas y aprobadas que no voy a detallar, los cursos adicionales se multiplican porque a los básicos, que ya mencioné, se agregan otros que tampoco voy a mencionar porque no viene al caso. Algunos de estos cursos se deben volver a cursar y aprobar cada 5 años, y ninguno de estos cursos son baratos, salvo si los dicta la PNA; la libreta de embarco se debe censar cada 5, y los títulos (antes no, pero si desde hace algunos años) se deben validar al vencimiento cada 5 años aproximadamente.

Esto es costoso, tedioso y hasta muy injusto, ya que si sos oficial o capitán cada 5 años tenés que validar tu título, cosa que ni un médico que tiene vida en sus manos lo hace, como tampoco un ingeniero, ni arquitecto, ni abogado, etc. Esto es desgastar, filtrar, entorpecer y menoscabar un título otorgado por la Armada como Oficiales y/o Capitán comparándolo con un carnet de conducir y quienes los desprecian son las mismas autoridades que otorgaron los títulos.

Con todo lo antedicho, con todas las trabas e inconvenientes que debe pasar un profesional trabajador de la Marina Mercante Argentina para mantener su libreta de embarco con su título o aptitud adquirida en condiciones para poder embarcar, el gobierno cruel e improvisado no los tiene en cuenta, los ignora y ningunea al sacarlos del engendro que se atreven a llamarle ley laboral.

¿Qué significa no estar contemplado en una ley laboral?

Aunque esta ley que quieren imponer, más que reglar o proteger derechos de los trabajadores te los arrebata, te los quita cruelmente, descaradamente, dejándote al merced del patrón o dueño de la empresa.

Al sacar al trabajador embarcado de la ley laboral, lo deja totalmente desamparado, con inestabilidad jurídica, maternidad / paternidad, enfermedades, francos compensatorios, licencias pagas, régimen provisional, etc., todo queda en el aire, también la posibilidad de un paro o protesta.

No sos nadie, sin derechos ni protección pero con muchos requisitos para poder embarcar.

Nunca un gobierno elegido por votos fue tan sádico con los más débiles. Les tocó a los discapacitados, a las universidades y a la salud, ahora a todos los trabajadores y jubilados. ¿Y luego a quién le tocará?

La Ley de Navegación Nº 20.094 establece el contrato de ajuste como un contrato de trabajo especial, por un tiempo determinado o por un viaje, esto es más aplicable en algunos casos, a los viajes de ultramar, que al trabajo fluvial, que a la pesca. La ley madre de derechos laborales es la ley de contrato de trabajo que quieren reemplazar. Por esto los trabajadores embarcados debemos estar incluidos expresamente en dicha ley, si no no hay derechos laborales para los trabajadores de la Marina Mercante Argentina.

Y no creo que sea improvisación, descuido o desconocimiento, sino pura maldad, puro odio y desprecio por los trabajadores, es lo que creo, ya que el mentor de esta ley hasta quiso borrarlos del mapa extranjerizando toda la Marina Mercante y hasta la pesca.

Queda la lucha compañeros, que de esto hay mucha historia, en todos los niveles laborales, políticos, empresariales, etc. Porque no nos engañemos más compañeros, los derechos conquistados se lograron con mucha lucha y deben ser mantenidos y resguardados con lucha de los trabajadores.

Un abrazo fraternal a todos los compañeros embarcados en especial y a todos los demás trabajadores que hoy sufrimos este cruel fascismo con despidos y salarios paupérrimos que no alcanzan para llegar ni a la mitad del mes.

18-02-2026

(*) Feliciano Ramos – Capitán Fluvial – Miembro del “Foro por la Recuperación del Paraná”

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DERECHOS TRABAJADORES

Siervos de la gleba, Siervos del patrón, Siervos de la empresa

Por Feliciano Ramos (*)

“A medio camino entre los esclavos y los hombres libres tenemos los siervos de la gleba, un estamento social aparecido durante la Edad Media y directamente relacionado con el feudalismo que fue el fundamento de la economía medieval. El siervo de la gleba era un servidor que no tenía derecho a salir del lugar en donde trabajaba. Estaba, propiamente dicho, ligado a la gleba, al trozo de parcela que tenía que cultivar. Es por este motivo que, si bien no eran esclavos, tampoco eran personas libres.

Además, tenían cierto derecho a tomar parte de la cosecha. Incluso, a veces, labraban por cuenta propia, aunque sí debían entregarle parte de lo cultivado al señor o pagarle tributos y ofrecerle servicios. Algo así como una especie de alquiler.
Al poder explotar con total libertad a otras personas, la figura del señor feudal dependiente de los siervos de la gleba fue debilitándose y evolucionando al del amo de esclavos negros. En ese momento podían explotar a los nuevos esclavos hasta el agotamiento, y si se morían no pasaba nada porque había muchos más en África.

Sin embargo, los siervos de la gleba continuarían existiendo hasta poco antes de la Revolución Francesa. En esos tiempos todavía seguía existiendo la servidumbre territorial y no fue hasta la aparición del pensamiento ilustrado, las revoluciones burguesas y la defensa de los derechos del hombre cuando la figura del siervo se transformaría en parte del pasado”.

Después de la Revolución Francesa, los derechos individuales y el pensamiento humanista, el mundo fue cambiando y con ellos los derechos individuales y laborales se fueron conquistando, con mucha lucha, sangre y muerte siempre del pueblo trabajador, quienes pusieron el cuerpo y la vida por los derechos que, por ser simplemente personas, le son inherentes a su ser.

En Europa los derechos individuales y laborales se consolidaron y con ellos la economía y estabilidad se fortaleció en esos países; en cambio en América, especialmente en EEUU, la cuna de la lucha laboral, los derechos individuales y del trabajador fueron limitándose cada vez más a medida que crecían las grandes corporaciones multinacionales. Los grandes monopolios multinacionales fueron el factor que frenó o, más bien, tiende a cancelar los derechos individuales y laborales conquistados ya sea por el hecho de instalarse en países donde dichos derechos no son aplicados, o por presionar a los gobiernos neoliberales y débiles a legislar la quita de derechos adquiridos, tal como está ocurriendo en nuestro país con la complicidad de legisladores y /o gobernadores “permeables” a la “incentivacion pecuniaria”.

Esta modernización laboral que proponen es cuasi volver a la servidumbre laboral, y tal vez menos que eso, tengamos en cuenta que hasta los Siervos de la Gleba tenían participación en las ganancias (cosecha).

Llaman modernización laboral a una ley que retrotrae los derechos laborales hasta los fines del feudalismo, antes de la revolución francesa, eso no tiene nada de modernización.
Pero si estudiamos la historia veremos que después de los Siervos de la Gleba sobrevino la esclavitud en el mundo, la dependencia y quita de derechos llegó hasta la irracionalidad absoluta. No sea cosa que (como está retrocediendo el mundo con esta derecha neofascista), volvamos a la ignominia de la esclavitud.

Por muchos años, y tal vez por nuestros antepasados que emigraron a nuestra patria argentina, nuestro país miraba y se influenciaba por los derechos individuales y laborales de Europa, donde se respetan las horas de trabajo y el descanso diario y de fin de semana porque comprendieron que un trabajador bien pago y con tiempo para disfrutar fuera de su horario laboral gasta, consume, mueve la rueda de la economía. Es por eso que se redujo la jornada laboral de 8 a 7 horas diarias y hay proyectos avanzados de reducirla hasta 6 horas por día. Porque tengamos en cuenta que el millonario no mueve la economía sino el trabajador, esta es la masa que consume, y algunos parecen no darse cuenta.

Desde hace unas décadas, la penetración cultural del país del norte hizo que en Argentina se dejase de mirar como ejemplo a Europa y se vea a EEUU como el norte a seguir en materia laboral, valga la redundancia. Esto trajo como daño colateral la paulatina presión del poder económico que influyó en algunos gobiernos neoliberales por ir contra los derechos de los trabajadores.

Esto lo sabe muy bien el director de cine Michael Moore y lo presenta y explica bien en su documental “¿Qué invadimos ahora?” el cual recomiendo ver y reflexionar.

Mas allá de gobiernos nefastos y fascistas, mas allá de la distante GCT y de los gremios que sí luchan porque no se promulgue esta ley, el pueblo en general permanece expectante en una ley que cambiará su vida para siempre. Si no te comprometés hoy mañana sufrirás tu propia indiferencia.

El gran patriota Manuel Belgrano decía y nos sigue diciendo: “El miedo sólo sirve para perderlo todo”.

 

(*) Feliciano Ramos. Miembro de “Foro por la Recuperación del río Paraná”

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RÍO PARANÁ SOBERANÍA VIAS NAVEGABLES

Un corsé por 30 años

Por Ing. Hernán Orduna (*)

Fuente: www.elcohetealaluna.com

Neocolonialismo en los ríos Paraná y de la Plata

Está en marcha nuevamente el proceso licitatorio de la concesión de la Vía Navegable Troncal de los Ríos Paraná y de la Plata (VNT), que fue aprobado por Resolución 67/2025 de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN).

Se trata de una infraestructura estratégica crítica para el desarrollo de la República Argentina, en tanto concentra el flujo principal del comercio exterior, incide de manera directa sobre la competitividad de las economías regionales y condiciona las posibilidades de crecimiento productivo, portuario e industrial de las provincias ribereñas.

Aquí no se pretende obstaculizar la inversión privada ni cuestionar el régimen concesional en abstracto, sino que es menester asegurar que una decisión de semejante relevancia histórica se adopte con pleno respeto por la Constitución Nacional, el federalismo, la soberanía logística, la sustentabilidad ambiental y el interés público de largo plazo.

Teniendo en cuenta la afectación por la traza, el uso, la explotación económica y los impactos ambientales de la Vía Navegable Troncal de los Ríos Paraná y de la Plata, debo advertir que el diseño contractual actualmente propuesto presenta riesgos estructurales para la capacidad decisoria y regulatoria del Estado: es un corsé para cualquier gobierno, al menos por 30 años o más, ya que el plazo puede renegociarse. También se observan condicionamientos a la competencia económica, no hay defensa del interés nacional y provincial.

I. Consideraciones institucionales y federales.

La Vía Navegable Troncal de los Ríos Paraná y de la Plata constituye el principal corredor logístico del comercio exterior argentino y atraviesa múltiples jurisdicciones provinciales, impactando de manera directa sobre las economías regionales, los puertos públicos y privados, y el desarrollo productivo de las provincias y comunidades ribereñas. Su administración no es una cuestión meramente técnica u operativa, sino un ejercicio concreto de soberanía económica, territorial y logística del Estado argentino.

El diseño institucional y contractual actualmente propuesto no es neutro desde el punto de vista soberano: debilita la capacidad decisional del Estado y excluye a las provincias de los mecanismos efectivos de control, produciendo una cesión indirecta pero estructural de soberanía, trasladando al concesionario privado –por varias décadas– decisiones estratégicas que condicionan el comercio exterior, la planificación portuaria, los costos logísticos y el desarrollo regional. Esta afectación soberana se proyecta directamente sobre la seguridad económica nacional, en tanto compromete la capacidad del Estado para garantizar previsibilidad, controlar costos sistémicos, asegurar la continuidad operativa del comercio exterior y resguardar la estabilidad macroeconómica frente a shocks logísticos y contractuales de largo plazo.

En esta misma lógica de soberanía y seguridad económica nacional, resulta imprescindible señalar el perjuicio estructural que implica para la República Argentina la decisión de no avanzar en la construcción del Canal Magdalena. La ausencia de una vía de navegación soberana, directa y bajo administración nacional hacia el Atlántico Sur y de una profundidad asegurada mínima de 14,3 metros al cero desde el Km. 40 del Río de la Plata hacia el Océano, consolida un esquema de dependencia logística externa, en el cual los puertos argentinos no tendrán otro destino que operar como puertos alimentadores (feeder) de terminales ubicadas fuera de la jurisdicción nacional, particularmente en Montevideo o en puertos del sur de Brasil. Este escenario no sólo incrementa costos, tiempos y vulnerabilidades operativas, sino que implica una pérdida efectiva de independencia económica como Nación, al subordinar el comercio exterior argentino a infraestructuras, decisiones regulatorias y prioridades estratégicas definidas por otros Estados.

El 5 de agosto de 2024 el Presidente Milei dictó el DNU-2024-699-APN-PTE que, en su artículo 1º, declaró “servicio público a las actividades de dragado, redragado, mantenimiento, señalización, balizamiento y control hidrológico de las vías navegables de jurisdicción nacional”.

Y en virtud de lo dispuesto por el artículo 42 de la Constitución Nacional, los servicios públicos de competencia nacional deben contar con marcos regulatorios adecuados y con la necesaria participación de las provincias interesadas en los organismos de control.

Asimismo, corresponde destacar lo establecido en el artículo 124 de la Constitución Nacional, que reconoce a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio, incluyendo los ríos, cursos de agua y sus lechos, de jurisdicción compartida. Esta cláusula constitucional no sólo consagra derechos patrimoniales, sino que impone un deber de participación provincial efectiva en las decisiones que inciden sobre el uso, la explotación, la preservación ambiental y la administración económica de dichos recursos.

En este marco, las provincias poseen un interés directo, actual y constitucionalmente protegido en el diseño institucional, económico y ambiental del régimen concesional proyectado, que no puede ser válidamente desplazado ni sustituido por esquemas de decisión centralizados.

II. Diagnóstico sintético de algunas de las numerosas falencias detectadas.

En el enlace disponible aquí se puede acceder al “Análisis revisado de los pliegos de la licitación de la concesión del dragado y señalización de la Vía Navegable Troncal de los Ríos Paraná y de la Plata”. De ese análisis técnico-jurídico de los pliegos aprobados surgen, de manera objetiva, entre otros, los siguientes aspectos que ameritan revisión previa a la apertura de ofertas, por afectar la legalidad, la competencia, la seguridad jurídica, la navegabilidad sostenible y el interés público nacional y provincial:

1. Contradicciones normativas y déficit de marco regulatorio efectivo.

Se advierte una grosera contradicción normativa entre la calificación de las actividades (dragado, señalización y control hidrológico) como servicio público y su encuadre práctico como concesión de obra pública, sin un marco regulatorio integral previo, ni un organismo de control creado por ley, con independencia funcional y participación provincial efectiva.

2. Perjuicios del diseño económico y restricción de la competencia.

El establecimiento de bandas tarifarias mínimas y máximas como requisito de admisibilidad limita la competencia real, impide ofertas más eficientes y transforma el procedimiento en la validación de rangos tarifarios predeterminados. Asimismo, el esquema desnaturaliza el riesgo empresario, trasladando costos estructurales al sistema productivo y a los usuarios. Y mantiene la reciente incorporación del llamado puerto de La Plata (en realidad Ensenada) en la Subsección que lo hace también subsidiador de empresas localizadas a más de 240 km aguas arriba.

3. Omisiones técnicas críticas que afectan la navegabilidad, costos y control público.

Los pliegos pretenden la extensión del Canal Punta Indio –como única vía navegable–, desde el kilómetro 239,1, por su profundización, pero no aportan los correspondientes relevamientos batimétricos de la zona, ni las zonas de descarga de material a dragar, ni el estudio de las interferencias a la navegación de la República Argentina por esa proyectada extensión a ciegas del Canal Punta Indio hacia profundidades naturales mayores, cuando correspondería un Estudio comparativo obligatorio de trazas de la Extensión del Canal Punta Indio vs. Canal Magdalena, cuantificando perjuicios fiscales, económicos y logísticos para el Estado argentino y las empresas nacionales.

Tampoco consideran la avanzada progradación del frente deltario central, agravado por la metodología de dragado utilizada en el Canal Ing. Emilio Mitre con la pérdida continua de profundidad en esa zona –que ya está afectando a la navegación deportiva–, donde también correspondería un Estudio comparativo obligatorio de trazas del Río Paraná de las Palmas y el canal Ing. Emilio Mitre vs. el río Paraná Guazú y el canal Buenos Aires.

Las omisiones técnicas tienen un fuerte impacto económico ya que no establecen criterios precisos de tolerancias, ni parámetros de control sobre sobredragado, ejecución y validación técnica.

Asimismo, existe indefinición en la ingeniería de disposición del material a dragar, con capacidad insuficiente de zonas de descarga y falta de previsión del incremento de volúmenes de más material a dragar por profundización.

Los pliegos mantienen la disminución de 3,05 metros de profundidad en el tramo entre el sur de Diamante y Santa Fe, lo que impacta en la navegabilidad, la eficiencia logística y la competitividad portuaria de Entre Ríos y Santa Fe.

Y por supuesto ignora el Riacho Barranqueras, y a la provincia del Chaco.

4. Déficit ambiental estructural.

La licitación se impulsa sin contar con Estudio Hidrosedimentológico, Línea de Base Ambiental, ni Estudio de Impacto Ambiental, ni Evaluación Ambiental Estratégica, que considere las obras proyectadas. Y se habilitan decisiones técnicas con impactos ambientales y jurídicos relevantes para las provincias ribereñas.

5. Riesgos jurídicos e internacionales en el Río de la Plata.

Se detectan omisiones en materia de comunicación y coordinación con la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP) y la República Oriental del Uruguay, lo que puede derivar en conflictos diplomáticos, reprogramaciones operativas y nulidades parciales de ejecución.

6. Federalismo ambiental e institucional debilitado.

Se omite la constitución de un Comité de Cuenca interjurisdiccional para una vía navegable de carácter federal e interprovincial, que es una obligación legal (ley 25.688) debilitando la gobernabilidad, el monitoreo ambiental y la participación efectiva de las provincias en la toma de decisiones estratégicas.

En conjunto, estos factores comprometen la seguridad jurídica del proceso licitatorio, restringen la competencia, trasladan riesgos indebidos a los usuarios y provincias, y habilitan que el concesionario asuma definiciones estratégicas que corresponden al Estado.

III. Neocolonialismo: para muestra basta un botón

En el artículo 16 del Pliego de Bases y Condiciones, sobre “Personas no habilitadas para contratar”, se establece que “no serán aceptados como Oferentes o como integrantes de una Asociación

  • “Toda persona jurídica que sea controlada, directa o indirectamente por Estados soberanos o agencias estatales, en el capital, en la toma de decisiones o de cualquier otra forma (…)”
  • “Quienes se encuentren incluidos en las listas elaboradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) dependiente del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos”.

La negrita y el subrayado me pertenecen.

Y no consulta a las PROVINCIAS ARGENTINAS, que son las titulares del lecho y del subsuelo de los Ríos Paraná y de la Plata.

(*) ex Presidente de la Delegación de la Argentina ante la Comisión Administradora del Río de la Plata.

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SOBERANÍA TRABAJADORES

No a la exclusión del personal embarcado

Compartimos comunicado del sindicato Conductores Navales de la República Argentina

En el marco del debate en el Senado de la Nación de la reforma
autodenominada “ley de modernización laboral” se agrega -no estaba en la primera versión presentada- un acápite en el artículo segundo de la ley de Contrato de Trabajo en materia de exclusiones, que se modifica , esto es de las actividades o de los sectores que no se les aplican la ley de contrato de trabajo, el siguiente texto: “g) al personal embarcado comprendido en el régimen de la ley de navegación 20094 y sus modificatorias, sin perjuicio de las normas de las convenciones colectivas de trabajo”.
¿Que pretende el Poder Ejecutivo Nacional con este agregado?
Si bien pareciera que la exclusión tiende a convalidar la ley de
navegación sobre la Ley de Contrato de Trabajo, sin perjuicio de lo dispuesto en las convenciones colectivas de trabajo, es evidente que este agregado y exclusión del régimen general inscribe en los antecedentes de lo que no se pudo realizar mediante el decreto 340/25, que fue motivo de innumerables impugnaciones en la justicia, y que finalmente fue dejado sin efecto por el Congreso de la Nación, por entender que era un decreto delegado que excedía la facultades del Poder Ejecutivo Nacional.
Estamos ante una maniobra de similares o peores consecuencias
para nuestros trabajadores.

Desde nuestro punto de vista es evidente que aquí se quiere dar
prelación a un régimen de derecho público, como es la ley de
navegación, que tiene un sentido diferente a la protección que
establece la ley de contrato de trabajo (LCT) privilegiando la primera.
Se trata de un retroceso de décadas, toda vez que la transformación normativa de nuestra actividad, implicó largas luchas y la instauración de un contexto de laboralización a través de nuestra incorporación de pleno derecho, al régimen general, de la LCT. La única razón que justifica la exclusión es el desbaratamiento de
derechos.
Las convenciones colectivas de trabajo del sector se articulan
entendiendo su complementariedad con la LCT y por tanto los
instrumentos convencionales, se ocupan de cuestiones específicas
como jornada o régimen de trabajo, salarios. La mayoría de los institutos de la LCT no se reproducen automáticamente en los Convenios.
La ley de Navegación 20094 y la Ley 17371, Reglamento de Trabajo
a bordo, tienen solo algunas  normas con relación a las cuestiones laborales entre el armador y los tripulantes, peyorativas por cierto con
relación a la LCT.
Los arts. 610 y ss. de la Ley de Navegación, establecen, la
jurisdicción federal para todos los asuntos contemplados, de tal manera que es evidente la exclusión de la jurisdicción laboral
especializada.
El régimen disciplinario, no se condice con los parámetros y principios establecidos en la LCT.
Es mas no solo hay una  deslaboralización y exclusión de la
jurisdicción laboral, sino que el contrato de ajuste que es el contrato especial individual entre trabajador y armador puede regirse por la ley de Nacionalidad del Buque.
Las indemnizaciones de la Ley 20.094 son infinitamente menores que las de la LCT.
No contamos con normas sobre Licencias especiales, descanso, francos, recaudos para el pago de la remuneración, principios generales, interpretación de normas, solidaridad, etc., que si tenemos desarrolladas en nuestra LCT.
La normativa en materia de jornada de la Ley 17371 es escueta y
peyorativa con relación a la LCT, los mismo en materia de
vacaciones, en cuenta a los días de goce y al cálculo de pago. Por
supuesto no están contemplados ni el aguinaldo, ni las normas
tutelares sobre transferencia de personal o del buque o establecimiento.

El Régimen de remuneración o salario mínimo, toman como pautas
la normativa internacional del Acuerdo TCC Uniforme, suscripto por la ITF, que significa una merma por sobre los convenios y las normas de tutela del salario de la LCT.
Los convenios colectivos que si contienen normas más favorables
que la Ley de Navegación van a quedar sujetos al régimen de caída
de la ultraactividad
Con la derogación de los convenios, nuestra situación se asemeja a los que hemos vivido en los años 90 con el dictado de los decretos 1772/91 y 817/92, que nos sometieron al llamado régimen de bandera de conveniencia y derogaron normas y convenios de las organizaciones; con el agravante que en esta oportunidad se nos deja sin un piso de  protección.
Está claro que se quiere  individualizar la relación del personal embarcado sujeto a la ley de navegación priorizando como lo
establecía el decreto 340/25, la posibilidad que los contratos de
ajuste dejen sin efecto normas más favorables, incluidas en las
convenciones colectivas de trabajo y en la propia ley de contrato de
trabajo Se afectará la interpretación acerca de las tripulaciones que muchas veces están incorporadas de hecho a los acuerdos que se pueden llegar entre las partes, pero no se reflejan en la ley de navegación donde se priorizan otros criterios y las mismas son mínimas.
Es evidente que en un sector donde el Gobierno Nacional a puesto
singular interés y malicia. Con el Decreto 340/25, rechazado por el
Congreso de la Nación, se pretendió afectar el derecho a huelga y flexibilizar las condiciones de navegabilidad para el capital privado extranjero (derogación encubierta de la Ley de Cabotaje
Nacional) y ahora el objetivo es flexibilizar en tótum y establecer
estándares internacionales a la baja que dejen sin efecto la
legislación de protección en la República argentina.
En suma, una actividad considerada esencial, pero para sus
trabajadores se pretende menos y mínimos derechos, legislación
federal o extranjera, rebaja salarial y desempleo. Ese es el horizonte
sino se elimina el inc. G del art. 2 del proyecto de ley de modernización laboral que fue remitida por el Senado de la Nación a la Cámara de Diputados.
Nos excluyen de la LCT. Trabajo con subordinación y sin protección es regresión de derechos.
No es modernización: es ajuste laboral.

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CIENCIA SOBERANÍA

En su día, mujeres y niña accionan en defensa de la Ciencia y tecnología argentina

En el marco del Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia, que se conmemora cada 11 de febrero, se realizará en Rosario una Feria de Ciencias protagonizada por mujeres y niñas, con el objetivo de visibilizar el rol fundamental de las mujeres en los campos STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas), defender estas áreas y proyectar políticas para su promoción.

El Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia fue declarado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para reconocer el aporte imprescindible de las mujeres en el desarrollo científico y tecnológico, y para fomentar vocaciones científicas desde edades tempranas, rompiendo estereotipos de género que aún persisten en estas áreas.

“En Argentina, esta fecha adquiere una relevancia particular en el actual contexto de políticas anticientíficas del gobierno nacional, que se traducen en el desfinanciamiento y el intento de destrucción de instituciones emblemáticas como el CONICET, las Universidades públicas y las escuelas técnicas”, dice la Ingeniera Mercedes Meier, ex diputada y organizadora del evento.

Y agrega “este año la conmemoración coincide con el tratamiento de una reforma laboral que perjudica las condiciones de trabajo, y siempre que nuestro pueblo fue perjudicado, se profundiza la brecha de género en todos los ámbitos, incluidos aquellos donde las mujeres hemos logrado abrirnos paso con enorme esfuerzo”.

En este escenario, visibilizar, reconocer y fomentar el trabajo de mujeres y niñas en ciencia, tecnología, ingeniería y matemática se vuelve una necesidad urgente para defender estos patrimonios nacionales.

Por este motivo, se invita a participar de una Feria de Ciencias realizada por mujeres y niñas rosarinas, que contará con experimento, encuentros e intercambios, reconocimientos a trayectorias y aportes.

📅 Viernes 13 de febrero
🕕 De 18 a 20 hs
📍 Estación Soberanía. Suipacha 1038, Rosario

La actividad es abierta al público.
Las esperamos.

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RÍO PARANÁ

Medida cautelar para suspender la licitación de la “Hidrovía Paraná–Paraguay”

Organizaciones socioambientales solicitan una medida cautelar para suspender la licitación de la Hidrovía Paraná–Paraguay

El día 9 de febrero se presentó ante la Justicia una medida cautelar de no innovar con el fin de frenar el proceso de concesión de la Hidrovía Paraguay–Paraná. El pedido apunta a suspender los efectos de la Resolución 67/2025 de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación hasta que se resuelva el fondo del amparo ambiental en trámite.

La cautelar se inscribe en una acción de amparo ambiental colectivo promovida en marzo de 2025 por Capibara, Ambiente, Derecho y Sociedad ONG; Centro de Protección a la Naturaleza ONG; Movimiento por el Agua (MOPEA); Foro Santafesino por la Salud y el Ambiente; Tramas Derecho en Movimiento; Foro por la Recuperación del Paraná entre otros.

El planteo judicial exige que el Estado nacional cumpla con su deber legal de realizar una Evaluación de Impacto Ambiental Estratégica y Acumulativa sobre el conjunto de la cuenca del río Paraná, garantizando instancias reales de participación ciudadana.

Un proceso licitatorio cuestionado

En noviembre de 2024, el Estado aprobó la documentación técnica y jurídica correspondiente a la Licitación Pública Nacional e Internacional N.º 1/2024, destinada a la modernización, ampliación y mantenimiento del sistema de dragado y señalización de la Vía Navegable Troncal del río Paraná y el Río de la Plata.

Luego de la apertura de sobres y la recepción de una única oferta, el procedimiento fue dejado sin efecto en febrero de 2025. No obstante, el Decreto 709/24 permaneció vigente y, amparándose en esas facultades, el Ejecutivo retomó el proceso durante 2025. Según las organizaciones demandantes, esta reactivación se realizó desconociendo normas ambientales y principios básicos de la democracia ambiental.

El amparo solicita la suspensión preventiva del Decreto 709/24 hasta tanto se efectúe una evaluación ambiental estratégica e integral de toda la cuenca, con mecanismos de participación efectivos.

Informes parciales y participación objetada

En el marco del expediente judicial, el Estado presentó informes sectoriales y desactualizados para justificar la ausencia de una evaluación estratégica integral. Las organizaciones sostienen que dichos documentos no cumplen con los estándares técnicos ni legales exigidos para una evaluación ambiental de carácter acumulativo.

Asimismo, el Gobierno afirmó haber garantizado la participación ciudadana. Sin embargo, cerca del 90 % de quienes intervinieron en la audiencia pública realizada el 3 de noviembre de 2025 cuestionaron su validez por irregularidades en la convocatoria y manifestaron su rechazo a la profundización del dragado.

Nueva resolución y profundización del dragado

Mientras el proceso judicial continúa y aún no se produjo la totalidad de la prueba, el Estado dictó la Resolución 67/2025, que aprueba los pliegos técnicos de una nueva concesión por un plazo mínimo de 25 años. La norma contempla, además, una mayor profundización del lecho del río respecto del esquema anterior, llevando su profundidad a 44 pies (actualmente en 36 pies).

Las organizaciones advierten que esta decisión se adoptó sin analizar los impactos acumulativos sobre el ecosistema del Paraná y del Río de la Plata, priorizando objetivos económicos por sobre las consecuencias sociales, ambientales y culturales de largo plazo.

Fundamentos ambientales y necesidad de la cautelar

La solicitud cautelar se apoya en los principios de prevención y precaución, así como en los criterios in dubio pro natura e in dubio pro agua, reconocidos por la legislación ambiental nacional e internacional y por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Estos principios obligan a anticipar y evitar daños ambientales que, una vez producidos, pueden resultar irreversibles.

Las organizaciones señalan que, si el proceso licitatorio avanza y se adjudica la concesión, quedará consolidado por décadas un modelo de intervención sobre el río, tornando abstracta la acción judicial y consolidando impactos de difícil o imposible reversión.

El río como bien común

Las entidades firmantes sostienen que no puede definirse el futuro del río Paraná sin información pública suficiente, instancias genuinas de participación social y evaluaciones ambientales integrales.

El Paraná y sus humedales constituyen un bien común estratégico para la vida, la biodiversidad y las comunidades de la región. La gestión de la cuenca —afirman— debe efectuarse de manera soberana por el estado argentino, contemplando criterios ambientales rigurosos, y no como ahora que se pretende resolver a partir de decisiones administrativas orientadas en beneficio de intereses extranjeros y grupos concentrados ligados al complejo agroexportador que indican serán los principales beneficiados con esta política de entrega que implementa el gobierno de Milei. 

 
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HISTORIA

El sable de San Martín y el sable de Mansilla

Hace algún tiempo visité el Museo Histórico Nacional. Con emoción enorme, recorrí una sala donde están expuestos los sables de algunos de los patriotas de la Independencia.

Al fondo de la sala y custodiado por los granaderos, está el sable corvo de San Martín. Ese sable corvo, qué más que sable es un shamsir, un alfanje o sable persa, acompañó a San Martín en toda su campaña libertadora menos, quizás, en el combate de San Lorenzo. El sable o espada que usó en este combate, puede que lo haya regalado a su edecán Lamadrid, en su estadía al mando del Ejército del Norte.

En los artículos sobre el traslado del sable desde el Museo Histórico Nacional, no se ha tomado en cuenta que, en el otro extremo del salón de los sables, está el que perteneciera a Lucio Norberto Mansilla, quien comandó los combates y batallas de la Vuelta de Obligado, el Tonelero, el segundo combate de San Lorenzo y la Angostura del Quebracho, en la Guerra del Paraná. Todo un símbolo esos dos sables, uno frente al otro: el sable de la Guerra de Independencia y el sable de la Guerra del Paraná, esta última tan importante como la anterior, desde el punto de vista del Libertador.

Cuando visité el Museo, un docente estaba explicando a sus alumnos, futuros docentes, que el sable sanmartiniano fue cedido a Rosas por su defensa del río Paraná ante las pretensiones y la invasión anglo-francesa, y que el sable de Mansilla había dirigido esa defensa. Esa relación entre los dos sables y la relación entre independencia y defensa del río Paraná en manos nacionales, es lo que quiere romper el gobierno de Milei, entreguista y cipayo.

Además de manosear y transformar el sable del Libertador en un juguete desvalorizado en sus maniobras antinacionales y antipopulares.

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EDUCACIÓN SOBERANÍA

Las escuelas técnicas en la Argentina: financiamiento, abandono estatal y proyecto de país

Por: Carolina Di Fiori (*)

Las escuelas de educación técnico profesional han sido, históricamente, uno de los pilares del desarrollo productivo argentino. No solo forman técnicos y técnicas con saberes específicos, sino que encarnan una idea de país basada en el trabajo, la industria nacional, la soberanía tecnológica y la movilidad social. Sin embargo, en la actualidad atraviesan una situación crítica producto del desfinanciamiento, el abandono y la falta de compromiso tanto del gobierno nacional como de los gobiernos provinciales, en nuestro caso el de Santa Fe.

Desde sus orígenes en las escuelas de artes y oficios del siglo XIX, la educación técnica estuvo ligada a los momentos en que la Argentina apostó al desarrollo industrial. Su mayor expansión se dio a mediados del siglo XX, especialmente durante el primer peronismo, cuando el Estado impulsó un modelo productivo basado en la industria nacional, el trabajo y la integración entre teoría y práctica.

La creación del CONET y la expansión de las escuelas técnicas respondieron a una necesidad concreta: formar trabajadores calificados para sostener un proyecto de país industrializado. En esos períodos, la educación técnica no fue un gasto, sino una inversión estratégica.

Por el contrario, cada vez que el país giró hacia modelos de valorización financiera, apertura indiscriminada de importaciones y subordinación externa, las escuelas técnicas fueron atacadas, vaciadas o relegadas.

La dictadura iniciada en 1976 significó un quiebre profundo: desindustrialización, endeudamiento externo y destrucción del aparato productivo. En ese contexto, las escuelas técnicas perdieron centralidad, presupuesto y sentido social.

Durante la década de 1990, las políticas neoliberales profundizaron este proceso. La privatización de empresas estatales, el cierre de fábricas y la Ley Federal de Educación fragmentaron el sistema educativo. Las escuelas técnicas quedaron bajo responsabilidad provincial sin los recursos necesarios, obligando a docentes y comunidades educativas a sostenerlas con enorme esfuerzo. Los gobiernos provinciales no se hicieron cargo de su financiamiento.

A pesar de ello, las escuelas técnicas resistieron. Resistieron en los talleres deteriorados, en la falta de insumos y en la convicción de que la educación técnica seguía siendo una herramienta de dignidad y futuro.

La sanción de la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058 en 2005 representó un punto de inflexión. Reconoció a la educación técnica como estratégica, creó el INET y estableció un Fondo Nacional específico para garantizar financiamiento mínimo y obligatorio.

Ese fondo permitió durante años mejorar infraestructura, equipar talleres, actualizar tecnologías y capacitar docentes. No fue un privilegio: fue el reconocimiento del rol clave que cumple la educación técnica en el desarrollo nacional.

Hoy, ese marco legal está siendo deliberadamente desmantelado.

El proyecto de Presupuesto Nacional 2026 propone eliminar el artículo que garantiza el financiamiento obligatorio de la educación técnica. Esto implica la eliminación práctica del Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional y el vaciamiento del INET.

Esta decisión afecta a más de 1,4 millones de estudiantes y a miles de instituciones en todo el país. No se trata de un error administrativo ni de una medida neutra: es una definición política que expresa una vez más el desprecio del gobierno nacional por la educación pública, el trabajo y la producción.

Hablar de “ajuste” mientras se condena a las escuelas técnicas a talleres sin insumos, máquinas obsoletas y docentes sin formación continua es una forma de violencia institucional. Es una falta de respeto hacia estudiantes, docentes y comunidades que sostienen estas escuelas incluso en las peores condiciones.

Si bien el ajuste se define a nivel nacional, el gobierno provincial de Santa Fe no puede ni debe correrse de su responsabilidad como ya ha hecho. La educación técnica tiene una presencia histórica y estratégica en la provincia, ligada a la industria metalmecánica, agroindustrial, energética y tecnológica.

Sin embargo, frente al retiro de fondos nacionales, el gobierno provincial no ha garantizado una política clara y sostenida para compensar el desfinanciamiento. La falta de inversión suficiente en infraestructura, insumos y actualización tecnológica reproduce desigualdades entre escuelas y degrada la calidad de la formación. Ya sabemos que el gobiernos e Santa Fe ataca a la docencia y no invierte en la educación publica, mucho menos en la educación técnica a cargo, históricamente, del gobierno nacional.

Aceptar pasivamente el ajuste nacional o limitarse a administrar la escasez también es una forma de abandono. Gobernar es priorizar, y cuando la educación técnica no es prioridad, el mensaje es claro: el trabajo y la producción no están en el centro del proyecto político.

La provincia de Santa Fe ocupa un lugar central en la estructura productiva del país. Su entramado industrial y agroindustrial, metalúrgico, metalmecánico, automotriz, agroexportador, lácteo, energético y tecnológico, requiere de manera permanente técnicos y técnicas formados en escuelas públicas. Las escuelas técnicas santafesinas no son un complemento del sistema educativo: son una pieza clave del desarrollo provincial.

Históricamente, estas instituciones estuvieron vinculadas al crecimiento de polos industriales en Rosario, el cordón industrial del Gran Rosario, Santa Fe capital, Rafaela, Reconquista, Venado Tuerto y muchas otras localidades del interior. Allí, la escuela técnica fue y sigue siendo una vía concreta de inserción laboral, arraigo territorial y movilidad social.

Sin embargo, esta realidad productiva contrasta con las políticas actuales del gobierno provincial. Frente al retiro del financiamiento nacional, Santa Fe no ha desarrollado una estrategia integral que garantice el sostenimiento y fortalecimiento de sus escuelas técnicas, como así tampoco exigirle al gobierno nacional su financiamiento. La inversión provincial resulta insuficiente para cubrir la falta de insumos, la actualización tecnológica de talleres, el mantenimiento edilicio y la formación continua de docentes.

Esta situación revela una contradicción profunda: una provincia que se presenta como productiva y moderna, pero que no invierte de manera decidida en la formación de los trabajadores que esa producción necesita. Administrar el ajuste nacional sin confrontarlo ni compensarlo implica aceptar un deterioro progresivo de la educación técnica.

La falta de una política provincial fuerte para la educación técnica no solo perjudica a estudiantes y docentes, sino que también debilita el entramado productivo santafesino. Sin técnicos formados en condiciones dignas, las industrias dependen cada vez más de tecnología importada, mano de obra precarizada o capacitación privada inaccesible para amplios sectores.

Defender la educación técnica en Santa Fe es defender la industria provincial, el empleo local y el desarrollo con inclusión. El Estado provincial no puede desentenderse ni esconderse detrás del ajuste nacional: tiene la responsabilidad política de priorizar la educación técnica como política estratégica.

En este contexto, resulta especialmente preocupante el avance de iniciativas impulsadas desde el sector privado, como los programas de capacitación para escuelas secundarias promovidos por la Bolsa de Comercio de Rosario, entre ellos “El Río Educa”. Estas propuestas, presentadas como aportes educativos, dejan en claro un corrimiento del rol del Estado y una concepción según la cual deben ser las instituciones privadas las que definan qué, cómo y para qué se enseña en relación con la producción.

Este desplazamiento no es un detalle menor. Cuando la formación vinculada al mundo productivo queda en manos de actores privados, el conocimiento deja de pensarse como un derecho social y pasa a responder a intereses sectoriales y coyunturales. La información y los contenidos que se transmiten no son neutrales: están atravesados por una mirada sesgada, oportunista y funcional a un modelo económico específico, que prioriza la rentabilidad y la lógica del mercado por sobre el desarrollo integral, la soberanía productiva y el interés colectivo.

La escuela técnica pública no puede reducirse a un espacio de capacitación a demanda de los sectores concentrados de la economía. Su función es mucho más amplia: formar trabajadores críticos, con capacidad de comprender los procesos productivos, cuestionarlos y transformarlos en función de un proyecto de país justo, industrializado y soberano. Delegar esa función en instituciones privadas implica renunciar al sentido emancipador de la educación y profundizar la dependencia económica y cultural.

No hay país industrializado sin técnicos. No hay soberanía tecnológica sin formación técnica pública y de calidad. No hay desarrollo con inclusión si la educación se subordina a la lógica del mercado y del recorte.

Las escuelas técnicas no solo enseñan oficios: enseñan a pensar, a producir, a transformar recursos en valor agregado. Enseñan que el conocimiento aplicado es una herramienta de independencia.

Como advertía Manuel Belgrano, los países que se limitan a exportar materias primas sin transformarlas están condenados a la dependencia. Desfinanciar la educación técnica es profundizar ese destino.

En Santa Fe, como en el resto del país, la situación actual de las escuelas técnicas no es casual ni inevitable. Es el resultado de decisiones políticas que, tanto desde el gobierno nacional como desde el provincial, han optado por el ajuste, el desfinanciamiento y la falta de planificación estratégica.

Defender las escuelas técnicas es defender el trabajo local, la industria provincial y la posibilidad de un desarrollo autónomo. Es exigir que el Estado, en todos sus niveles, respete a estudiantes y docentes, garantice recursos y asuma que la educación técnica no es un gasto, sino una inversión indispensable.

Sin educación técnica no hay industria. Sin industria no hay desarrollo. Y sin desarrollo, Santa Fe y la Argentina pierden futuro.

(*) Docente de la EETP N°697
Agrupación docente La Mariano Moreno
Ex secretaria del nivel técnico de Amsafe Rosario

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HISTORIA

Aquellos cantitos del combate de San Lorenzo

Por Carlos del Frade (*), de su libro “Peones heroicos”, a 213 años de aquel hecho político de independencia y Patria Grande, todo lo contrario al proyecto de Javier Milei, dependencia y patria chica.

 -¡Viva el rey! -gritaban los españoles que desembarcaron en las barrancas de San Lorenzo aquel 3 de febrero de 1813.

-¡Viva la revolución! -contestaron los granaderos y los sesenta milicianos populares rosarinos que venían comandados por Celedonio Escalada.

Cuenta el historiador Miguel Angel De Marco hijo que “el 9 de octubre de 1812, los realistas habían saqueado San Nicolás y dado muerte al presbítero Miguel Escudero; tres días más tarde, cinco buques habían pasado frente a Rosario, cuyo vecindario huyó a las estancias cercanas. Para defenderse, el comandante militar sólo contaba con treinta fusiles en malas condiciones”.

El 3 de febrero, coinciden distintas fuentes históricas, el combate fue breve pero sangriento.

Es llamativo el grito por la revolución que caracterizó a los granaderos y a las milicias populares rosarinas.

La revolución era una palabra que adquirió sentido en el programa de la primera junta de gobierno, el llamado Plan de Operaciones, escrito por Mariano Moreno a sugerencia de Manuel Belgrano.

“…¿qué obstáculos deben impedir al gobierno, luego de consolidar el estado sobre bases fijas y estables, para no adoptar unas providencias que aún cuando parecen duras para una pequeña parte de individuos, por la extorsión que pueda causarse a cinco mil o seis mil mineros, aparecen después las ventajas públicas que resultan con la fomentación de las fábricas, artes, ingenios y demás establecimientos a favor del estado y de los individuos que las ocupan en sus trabajos?”, se preguntaba y proponía, al mismo tiempo, Mariano Moreno, el primer desaparecido de la historia nacional.

Un estado libre, independiente y nuevo que se erige como motor del desarrollo económico yendo en contra de las riquezas agigantadas en pocos individuos para luego distribuirlas.

Moreno, además, sostenía el “sistema continental” de la “gloriosa insurrección”.

La aparición de San Martín y su relación con el cura Navarro y el comandante popular Escalada genera un puente entre los proyectos personales y colectivos.

Navarro seguirá haciendo pastoral política junto a los que buscan la liberación en aquel primer ejército popular latinoamericano en operaciones, el de los Andes y Escalada, felicitado por San Martín, será declarado “ciudadano americano de las Provincias Unidas del Río de la Plata”, por la asamblea constituyente de aquel año 1813. Los paisanos que sangraron en San Lorenzo junto a San Martín, Navarro y Escalada, seguirían fieles a su proyecto colectivo de transformación.

Por eso el rancherío sería incendiado por los ejércitos de Buenos Aires.

Porque los pueblos del Litoral seguían, porfiadamente, adhiriendo a la revolución política y social que proponía Artigas.

Y allí, en medio de ellos, estaba el esclavo negro y peón de campo, Juan Bautista Cabral.

El peón heroico

-Déjenme, compañeros. ¿Qué importa la vida de Cabral?. Vayan ustedes a pelear que somos pocos – fue la frase que dijo Juan Bautista Cabral, según entiende el fraile Herminio Gaitán del convento San Carlos de San Lorenzo en su investigación sobre el combate.

Dos horas después, según el sacerdote historiador, en el refrectorio del monasterio – utilizado en ese momento como banco de sangre y sala de primeros auxilios- repitió la frase antes de morir.

Para el investigador Norberto Galasso, en su imprescindible “Seamos libres. Vida de San Martín”, en cualquier caso, “lo más probable es que en el soldado correntino, en situación de muerte, haya brotado espontáneamente su lengua originaria por encima de la educación, prejuicios y modales y entonces haya dicho: Avyá amanó ramo yepé, ña jhundi jheguere umí pytaguá, expresión guaranítica de la frase que pasaría a la historia. Así lo sostiene criteriosamente Fray Herminio Gaitán: “palabras dichas en guaraní”. También razonablemente, Gaitán sostiene que San Martín las escucha y las traduce, luego, al español, cuando las incorpora al parte de batalla, pues es tan natural que San Martín no dominase el idioma inglés, como que entendiese el guaraní”, sostiene el historiador.

Y agrega en tono de reflexión: “Alguien probablemente, reste importancia a estas últimas circunstancias –Cabral, hablando guaraní y San Martín, entendiéndolo- pero, sin embargo, son reveladoras de la óptica con que se ha escrito nuestra historia, óptica europeizante y denigratoria de lo nativo, a la cual disgusta que sean dos correntinos, expresándose en el viejo idioma nativo, quienes protagonicen un episodio épico y prefiere, por tanto, limarle esas aristas pues, por supuesto, la Argentina la hicieron los rubios de ojos azules, directores de las empresas ferroviarias, frigoríficos, compañías de seguro, etcétera”, sostiene Galasso.

Según su estudio, Cabral sería hijo natural de don José Jacinto Cabral y Soto y de la morena Carmen Robledo que luego se casó con el también moreno Francisco que lleva el apellido Cabral, por ser también servidor de esa antigua familia.

Tal vez por esta razón otras fuentes lo dan como hijo de los dos esclavos, Carmen y Francisco, pues su nacimiento es anterior a la ley de libertad de vientres y de raza negra.

Hay una carta de don Luis Cabral, su amo, del 4 de diciembre de 1812, donde se refiere “a la situación de nuestro negro Juan Bautista…que en su carta me pide le escriba a San Martín para que lo baje a la infantería porque en la caballería corre peligro” (los negros integraban habitualmente la infantería pues no se caracterizaban por ser buenos jinetes, por lo cual el pedido tiene fundamento), apunta Galasso.

Añade que no contrajo matrimonio y en su condición de esclavo desempeñaba funciones de peón. “Suponemos que se integró al cuerpo de granaderos al fundarse éste –es decir, pocos meses antes del combate- y que desde Buenos Aires le pidió al amo que intercediera ante San Martín, como surge del fragmento de carta que reproducimos. A los veinte años declaraba, por único patrimonio, un caballo rosillo con la marca de don Luis Cabral y una sortija de oro en poder de doña Tomasa”.

Finalmente, Cabral no era sargento.

-Informo que el granadero Juan Bautista Cabral…- decía el parte de guerra de San Martín.

“Era simplemente un granadero sin rango”, escribió el sacerdote Gaitán.

-Al soldado Juan Bautista Cabral. Murió en la acción de San Lorenzo, el 3 de febrero de 1813 – decía una placa que mandó colocar el propio San Martín sobre la puerta del cuartel de Retiro en un tablero de forma oval.

 

(*) Carlos del Frade. Periodista de investigación. Diputado provincial Frente Amplio por la Soberanía

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